¿Qué es una demanda de alimentos?
La demanda de alimentos es un proceso judicial que se inicia para alcanzar el pago de una pensión alimenticia a favor del alimentista (cónyuge, hijos, padres, hermanos). También se puede solicitar un aumento, prorrateo, reducción, exoneración, extinción o cambio en la manera de prestar una pensión alimenticia.
¿Si no estoy casada con el padre de mis hijos, puedo hacer una demanda de alimentos?
Sí, todos los hijos tienen derecho a recibir sus alimentos, no interesa si son hijos nacidos fuera o dentro del matrimonio. ¿Hasta cuando un padre está obligado a mantener a sus hijos? Los padres tienen obligación de mantener a sus hijos hasta que estos sean mayores de edad (tengan 18 años) y mientras se encuentren cursando estudios con éxitos o tienen alguna enfermedad mental o física (pueden exigir una pensión de alimentos hasta el termino de la incapacidad que padece.
¿Qué sucede si el padre o madre de mi hijo no cuenta con un trabajo formal?
El juez emitira un fallo según la informacion que usted presente, es de suma importancia que pueda presentar informacion sobre los ingresos del demandado y también deberá adjuntar los gastos que realiza al mantener a su hijo.
¿Se puede denunciar al progenitor que se niegue a pagar la pensión de alimentos?
El demandante debera solicitar la liquidación de las pensiones sin pagar.
Requisitos necesarios para iniciar una demanda de alimentos:
- Demanda firmada por la persona demandante y su abogado (de preferencia) o formulario de demanda de alimentos.
- Copia del Dni del demandante.
- Partida de nacimiento del menor (de ser el caso), en el caso de un hijo alimentista (no reconocido) es necesario adjuntar el nombre y dirección de testigos con el fin de dar fe de la relación sentimental que tuvieron el demandante y el demandado en el tiempo de concepción del alimentista o documentos que acrediten que hubo relacion sentimental de los padres.
- Adjuntar (opcionalmente) los gastos en manutencion del menor de ser el caso ejemplo: gastos en salud, boletas, educación, recetas, etc.)
Procedimiento
- 1.Juzgado califica la demanda.
- 2. Se corre traslado al demandante para que conteste en 05 días hábiles.
- 3. Juzgado cita a Audiencia Única a demandante y demandado.
- 4. Sentencia.
Competencia
Juzgado de Paz Letrado
Fuente: Abogados en Perú